Identificador persistente para citar o vincular este elemento:
http://hdl.handle.net/10553/69712
Título: | Problemas relacionados con la nacionalidad del buque | Autores/as: | Domínguez Cabrera, María del Pino | Clasificación UNESCO: | 560503 Derecho mercantil 560507 Derecho público 5603 Derecho internacional |
Palabras clave: | Buque Derecho del mar Nacionalidad del buque Vínculo efectivo |
Fecha de publicación: | 2005 | Publicación seriada: | Revista de Derecho | Resumen: | El Derecho internacional público y la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 establecen que la atribución por un Estado de su nacionalidad a los buques es una cuestión que corresponde regularla a cada Estado, que goza de un amplio margen de discrecionalidad para establecer en su legislación los requisitos o las condiciones que se tienen que cumplir para que el buque sea autorizado a enarbolar su pabellón y sea inscrito en el registro nacional. Ese margen de discrecionalidad apenas resulta afectado por la exigencia de que exista una relación auténtica entre el buque y el Estado cuyo pabellón enarbola, según ordena la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. Pues bien, es en este marco en el que deben afrontarse las dificultades suscitadas por la atribución (o no atribución) de una nacionalidad a los buques, puesto que la identificación del buque se debilita (o, en su caso, es inexistente) cuando se constata que uno de los elementos individualizadores principales (la nacionalidad) es ficticio, porque la vinculación del buque es más intensa y efectiva con un Estado distinto al del Estado del pabellón que enarbola, o bien es fraudulenta. International Public Law and the United Nations Convention on the Law of the Sea (UNCLOS), opened for signature in December of 1982, acknowledge the right of each state to fix the conditions for the grant of its nationality to ships. States enjoy broad discretion to determine the legal requirements for a ship to be entitled to fly their flag and be registered in the state's territory, with the only limitation that there must be a genuine link between the State and the ship, as required by the UNCLOS. Problems arising on the granting (or not granting) of nationality to ships must be resolved using the frame of the UNCLOS. These problems may arise because the nationality of the ship is fictitious, since the ship has a stronger link with a state different from the one its flag is flying, or because the granting of the nationality was fraudulent. |
URI: | http://hdl.handle.net/10553/69712 | ISSN: | 0716-9132 | DOI: | 10.4067/S0718-09502005000100005 | Fuente: | Revista de Derecho [ISSN 0716-9132],v. 18 (1), p. 119-144 | URL: | http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2282979 |
Colección: | Artículos |
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