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https://accedacris.ulpgc.es/handle/10553/136823
Título: | ¿Puede prescribir un tributo el fin de semana? Una primera aproximación al problema suscitado en el auto del Tribunal Supremo de 14 de junio de 2023 | Autores/as: | Sánchez Blázquez, Víctor Manuel | Clasificación UNESCO: | 560506 Derecho fiscal | Fecha de publicación: | 2023 | Publicación seriada: | Hacienda canaria | Resumen: | Hace ya algunos años, en una de mis estancias investigadoras en la ciudad alemana de Münster, llamó mi atención la reseña de una sentencia del Tribunal Supremo de lo Tributario, de 20 de enero de 20161, que aparecía con el sugerente título de “Los créditos tributarios no prescriben el fin de semana”2. En ella se enjuiciaba un caso en el que los cuatro años del plazo de la modalidad alemana semejante a nuestra prescripción del derecho a determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, regulada en los artículos 169 a 171 de la Ordenanza Tributaria, se cumplían el sábado 31 de diciembre de 2011 y el contribuyente había presentado su declaración del IRPF 2007, a efectos de obtener la devolución por el exceso de las cantidades retenidas, el lunes 2 de enero de 2012. Lo que debe entenderse en el contexto de la regulación alemana de esta materia que prevé el comienzo de dicho plazo de prescripción “con la terminación del año natural en el que haya nacido el impuesto” y, por tanto, el 31 de diciembre de 2007 en el supuesto enjuiciado. | URI: | https://accedacris.ulpgc.es/handle/10553/136823 | ISSN: | 1696-6945 | Fuente: | Hacienda canaria [ISSN 1696-6945], n. 60, p. 309-325, (2023) |
Colección: | Artículos |
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