Identificador persistente para citar o vincular este elemento: http://hdl.handle.net/10553/122345
Título: Inserción de la educación emocional en los decretos de contenidos mínimos en el marco de la nueva legislación educativa
Autores/as: Lozano Mas, María Yazmina 
Hernández Arroyo, Sara 
Clasificación UNESCO: 58 Pedagogía
610603 Emoción
Palabras clave: Educación emocional
Legislación
LOMLOE
Real Decreto de Contenidos Mínimos
Formación integral
Fecha de publicación: 2022
Editor/a: Fórum Internacional de Comunicación y Relaciones Públicas (Fórum XXI) 
Conferencia: XII Congreso Universitario Internacional sobre la Comunicación en la profesión y en la Universidad de hoy: Contenidos, Investigación, Innovación y Docencia (CUICIID 2022) 
Resumen: La educación emocional como tema de investigación tiene una amplia tradición con autores como Mayer y Salovey o Goleman, en el ámbito internacional, o R. Bisquerra en el nacional. En estos estudios se afirma que para conseguir una educación integral del alumnado debe abordarse tanto aspectos de carácter cognitivo como aquellos que involucran otras habilidades relacionadas con el autocontrol, el autoconocimiento, la empatía, el arte de escuchar a los demás, la resolución de conflictos o la colaboración con los demás. Para otros autores supone la posibilidad de profundizar en el reconocimiento de las propias emociones y su expresión, con la finalidad trabajar el autoconocimiento y mejorar las interrelaciones sociales. No obstante, lo anterior, la investigación no ha sido integrada a los ámbitos universitarios en primer lugar (a través de la incorporación en Trabajos de Fin de Título por ejemplo), y educativos, de forma específica, mediante la incorporación a la normativa, hasta época relativamente reciente. En la presente comunicación nos planteamos analizar, partiendo tanto de la legislación educativa de los Reales Decretos de enseñanzas mínimas para los diferentes niveles educativos si se contempla la inserción de la educación emocional, y de qué forma, y qué cambios se han producido con la LOMLOE. En este sentido, haciendo un análisis de la legislación con carácter retrospectivo desde la promulgación de la Ley 14/1970 de 4 de Agosto General de Educación y financiamiento de la Reforma Educativa (LGE) (1970), debemos esperar a la aprobación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) (2006) para encontrar algún término relacionado con las emociones, si bien, su inclusión queda reducida a un renglón en todo su articulado, situación que como podremos comprobar se repite en la siguiente, la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la Mejora de Calidad Educativa (LOMCE). Sin embargo, en algunas Comunidades Autónomas se ha incluido una asignatura específica para abordar la educación emocional. Es la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOMLOE), de Educación donde vamos a encontrar un tratamiento específico de la Educación Emocional, incluyéndola entre los principios educativos. En consecuencia, se propone una contextualización teórica del tema que se aborda, la educación emocional, para seguidamente analizar su ausencia o no en la legislación española. A continuación, se centrará la atención en la LOMLOE, y los Reales Decretos de Contenidos mínimos publicados a partir de esta normativa, para finalizar con una conclusión.
URI: http://hdl.handle.net/10553/122345
ISBN: 978-84-09-43242-4
Fuente: CUICIID 2022: congreso Internacional sobre Comunicación, Innovación, Investigación y Docencia. Libro de actas, p. 646
URL: http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8867457
Colección:Actas de congresos
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actualizado el 13-abr-2024

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