Identificador persistente para citar o vincular este elemento: http://hdl.handle.net/10553/12233
Título: La determinación de los límites a los derechos fundamentales en la Constitución Española de 1978
Autores/as: Suárez Espino, María Lidia
Clasificación UNESCO: 560504 Derecho constitucional
Palabras clave: Límites
Derechos fundamentales
Contenido esencial
Constitución
Delimitar, et al.
Fecha de publicación: 2011
Publicación seriada: Revista de Ciencias Jurídicas 
Resumen: Hoy en día, resulta indudable que ningún derecho, incluso los fundamentales, esabsoluto, pues la coexistencia con otros derechos o valores constitucionales hace queéstos en ocasiones puedan ser limitados. Sin embargo, límites en sentido estricto sonsólo los externos, aquellos que vienen expresados bien por la propia Constitución opor la Ley para facilitar la convivencia pacífica de los distintos derechos y valores,pues los que tradicionalmente se han denominado límites internos, que son aquelloscontenidos en la propia definición del derecho fundamental, más que limitar lo quehace es delimitar el derecho.Para concretar un derecho y sus límites, por regla general se hace imprescindiblela labor de la Ley que deberá precisar los contornos del derecho y sus límites, siemprecon el respeto al contenido esencial del derecho que es aquello que lo hace recono-cible.Además, hay que tener en cuenta que a la hora de interpretarlos, hay principioscomo la fuerza expansiva del derecho fundamental que hace que los límites debanser interpretados siempre de forma restrictiva.
Nowadays, it is undoubted that no right, including fundamental rights is absolute,because coexistence with others constitucional rights and values makes posible thatthey sometimes can be limited. However, limits are only in the narrow sense, those who are presented either bythe Consitution or by law to facilitate the peaceful coexistence of the various rightsand values, because that have tradiotanilly been called internal limits, those containedin the definition of the fundamental right, rather that limit what they do is delimit.To make a right and its limits, as a rule, it is essential work of the law, that shouldspecify the contours of the right and its limits, always with respect for the essence ofright that is what makes it recognizable. Furthermore, it should be considered that there are principles as expansive forceof fundamental right that makes the limits should be interpreted always narrowly.
URI: http://hdl.handle.net/10553/12233
ISSN: 1137-0912
Fuente: Revista de ciencias jurídicas [ISSN 1137-0912], n. 16-17, p. 201-217, (2011-2012)
Colección:Rev. cienc. juríd. (LPGC) n.16-17, 2011-2012 
Artículos
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