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http://hdl.handle.net/10553/111609
Título: | Desigualdad en la desigualdad: algunos ejemplos de los distintos estándares de protección de las mujeres trabajadoras de servicio doméstico | Autores/as: | Grau Pineda, Carmen Quintero Lima, María Gema Sanz Sáez, Concha |
Clasificación UNESCO: | 5605 Legislación y leyes nacionales 630909 Posición social de la mujer |
Palabras clave: | Igualdad Género Formación profesional Mujeres Cualificación, et al. |
Fecha de publicación: | 2021 | Conferencia: | XXIII Congreso Mundial de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social | Resumen: | El trabajo doméstico constituye una importante fuerza de trabajo en España, ya que como bien reflejan las estadísticas –actualmente– el 28,6% del total de empleo del sector en toda Europa lo representa este colectivo. Se trata de una cifra, ciertamente alta, a la que, sin embargo, no le acompañan unas condiciones de trabajo decente. Es por ello que, pese a los últimos vaivenes legislativos, no se ha alterado la configuración de éste como un sector propio del trabajo precario, irregular e invisible. En efecto, el trabajo doméstico y el cuidado no institucionalizado de personas dependientes se encuentra condenado a una situación de facto irremediable de vulnerabilidad jurídica y social debido a que se trata de relaciones que se desarrollan en el seno del ámbito privado, donde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tiene un rol de vigilancia del cumplimiento de las normas del orden social y la posibilidad de exigir las responsabilidades pertinentes sumamente limitado en este ámbito. Resulta muy complicado no solo vigilar sino denunciar las ilegalidades que se cometen en el trabajo doméstico debido a la inviolabilidad del hogar, incluso cuando es considerado centro de trabajo. La situación de las trabajadoras resulta especialmente delicada, sobre todo en caso de no cumplimiento del contrato o de violencias físicas, psicológicas y acoso sexual, entre otras. Pero es que, en adición de lo anterior, ni salarios ni cotizaciones han alcanzado la equiparación comprometida por el Gobierno de España en 2011 cuando fueron integradas en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS); ni tienen derecho a protección por desempleo, otra promesa incumplida frente a la que se esgrimen argumentos muy cuestionables; pero es que, además, están excluidas del ámbito de aplicación del marco normativo de prevención de riesgos laborales, como tendrá ocasión de exponer en el apartado correspondiente. Pero, vayamos por partes. | URI: | http://hdl.handle.net/10553/111609 | Fuente: | Retos de los sistemas de legislación laboral y seguridad social, Lima (Perú), p. 1519-1545 |
Colección: | Actas de congresos |
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